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jueves, 22 de agosto de 2013

La Corte mantuvo firme la cautelar contra la expropiación del predio de La Rural

El máximo tribunal rechazó el recurso de apelación planteado por el Estado Nacional por considerarlo “extemporáneo”.


La Corte Suprema mantuvo la vigencia de la medida cautelar que frenó el decreto de expropiación del predio ferial de Palermo a la Sociedad Rural Argentina (SRA).
Mediante un fallo mayoritario de cinco votos contra dos, el máximo tribunal rechazó el recurso de apelación planteado por el Estado Nacional por “extemporáneo”, es decir que lo presentó fuera de los términos procesales establecidos por la ley.
“Según surge de los antecedentes, los recursos extraordinarios interpuestos por el Estado Nacional fueron presentados de modo extemporáneo y, por consiguiente, ha sido bien denegado”, sostuvieron los jueces Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt, Enrique Petracchi, Juan Carlos Maqueda y Carmen Argibay.
Postura de la Corte
En disidencia, el presidente de la Corte, Ricardo Lorenzetti, y el juez Raúl Zaffaroni, se habían inclinado por aceptar el tratamiento de la apelación presentada por el Estado, pese al exceso en el paso del tiempo permitido para hacerlo.
La procuradora General de la Nación, Alejandra Gils Carbó, se había manifestado en el mismo sentido que Lorenzetti y Zaffaroni, lo que le habilitaba al Estado Nacional la posibilidad de obtener en la Justicia una medida que repusiera la vigencia del decreto firmado por Cristina Fernández para expropiar el predio.
Esos terrenos fueron vendidos a la SRA en los 90 por unos 30 millones de dólares, cuando su valor de mercado superaba los 132 millones, lo que motivó una causa judicial que aún está en trámite en la justicia penal federal.
La presidenta consideró que se trataba de una venta a “precio vil” y por ende dispuso la nulidad de aquella operación mediante un decreto que fue suspendido por la Cámara en lo Civil y Comercial Federal mediante una medida cautelar, que hoy quedó ratificada.
Crítica a los abogados del Estado
“Esta Corte no puede dejar de expresar su preocupación por la forma en la que se ha asumido en el expediente la defensa de los intereses públicos pues al dejarse vencer la totalidad de los plazos procesales el Estado Nacional, por el obrar de quienes lo representan, se ha visto privado de obtener una revisión del pronunciamiento cautelar dictado”, expresó el voto mayoritario.
El párrafo encierra una grave crítica al accionar de los abogados del Estado en el expediente.
Fuente: La Voz del Interior

martes, 18 de junio de 2013

Es inconstitucional la Reforma del Consejo de la Magistratura

Con el único voto disidente de Raúl Eugenio Zaffaroni, el Máximo Tribunal fue más allá de derribar la elección de consejeros en las legislativas de octubre y le dio un duro golpe a una de las leyes claves del paquete de normas que integran la Reforma Judicial impulsada por el Gobierno

 

 

La Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró hoy la inconstitucionalidad de la elección popular de consejeros de la Magistratura y de la nueva integración de ese cuerpo, informaron esta tarde fuentes judiciales.

La votación de los ministros de la Corte fue seis a uno, ya que se pronunció en favor de la reforma el juez Eugenio Zaffaroni, cercano al Gobierno. Los artículos que fueron encontrados inconstitucionales fueron el 2, 4, 18 y 30 de la ley 26.855 y del decreto 577/13.
"La ley resulta inconstitucional en cuanto: a) rompe el equilibrio al disponer que la totalidad de los miembros del Consejo resulte directa o indirectamente emergente del sistema político-partidario, b) desconoce el principio de representación de los estamentos técnicos al establecer la elección directa de jueces, abogados, académicos y científicos, c) compromete la independencia judicial al obligar a los jueces a intervenir en la lucha partidaria, y d) vulnera el ejercicio de los derechos de los ciudadanos al distorsionar el proceso electoral", dijo el Tribunal Supremo.
En cuanto al argumento del juez Zaffaroni, el magistrado argumentó, luego de hacer un repaso sobre la ineficiencia del órgano colegiado y citar el dictámen de la Procuración General de la Nación, que la nueva modalidad de elección popular de los consejeros podía ser un "nuevo error político, pero no todo error político es una inconstitucionalidad manifiesta".